La Ley de Calidad de la Arquitectura y el CTE
El pasado 28 de octubre se cumplieron 15 años de la aplicación obligatoria del Código Técnico de la Edificación en todos las obras de edi...
El pasado 28 de octubre se cumplieron 15 años de la aplicación obligatoria del Código Técnico de la Edificación en todos las obras de edificación, y su puesta de largo no ha podido ser más desafortunada, ya que ha coincidido con el periodo de exposición pública del Anteproyecto de Ley de Calidad de la Arquitectura (curiosamente, el "Entorno Construido" se ha caído del título de la ley tal y como aparecía en los borradores iniciales). Después explicaré el motivo del infortunio, pero antes hay que recordar (o explicar a los nuevos compañeros), que el CTE vino para dar un salto de calidad en la arquitectura en relación con las normativas de edificación existentes. Y es que seguíamos aplicando en el año 2005 una normativa de condiciones térmicas del año 1979, la protección frente al ruido en los edificios era de chiste y de la seguridad de utilización ni habíamos oido hablar. De repente empezamos a ver al CTE como un enemigo a batir, inesperado aunque la LOE lo hubiera nombrado seis años atrás, porque se metía a nivel de detalle en aspectos en los que los arquitectos, en general, no habíamos reparado lo suficiente: el peligro de caída por la limpieza de las ventanas, el almacenamiento en la propia vivienda de los residuos, la cantidad de aire a extraer para garantizar una calidad mínima en los ambientes interiores... Por no hablar de las "caprichosas" soluciones constructivas de los elementos de separación verticales y horizontales (antes llamados paredes entre viviedas, suelo o techo). O de la documentación del proyecto, que vimos como aumentaba al obligarnos a redactar planes de control de calidad o decirle al usuario cómo usar y mantener el edificio.
A toro pasado, podemos decir que el CTE es una normativa que aumenta la calidad de los edificios y el confort de los usuarios. De eso no cabe ninguna duda. A los más jóvenes, que han obtenido su título con el CTE en vigor, habría que decirles que fue la primera vez (que alguien me corrija si me equivoco), que se planteó cambiar casi toda la normativa de edificación de una tacada. Hasta ese momento, las normativas se iban actualizando una a una, poco a poco, y la adaptación era fácil. Este cambio tan radical realizado en el año 2006 nos hizo sudar la gota gorda, sobre todo gracias al programa LIDER, hermano mayor de la actual Herramienta Unificada, que si ahora parece infumable, ni os podéis imaginar cómo era la primera versión de LIDER.
Pero resulta que está en marcha una Ley de Calidad de la Arquitectura que no nombra al CTE, como si no existiese. Y esta ley se vanagloria de que hay que respetar en la arquitectura, entre otras cosas, las siguientes:
A toro pasado, podemos decir que el CTE es una normativa que aumenta la calidad de los edificios y el confort de los usuarios. De eso no cabe ninguna duda. A los más jóvenes, que han obtenido su título con el CTE en vigor, habría que decirles que fue la primera vez (que alguien me corrija si me equivoco), que se planteó cambiar casi toda la normativa de edificación de una tacada. Hasta ese momento, las normativas se iban actualizando una a una, poco a poco, y la adaptación era fácil. Este cambio tan radical realizado en el año 2006 nos hizo sudar la gota gorda, sobre todo gracias al programa LIDER, hermano mayor de la actual Herramienta Unificada, que si ahora parece infumable, ni os podéis imaginar cómo era la primera versión de LIDER.
Pero resulta que está en marcha una Ley de Calidad de la Arquitectura que no nombra al CTE, como si no existiese. Y esta ley se vanagloria de que hay que respetar en la arquitectura, entre otras cosas, las siguientes:
- La eficiencia energética, la reducción de la huella de carbono y la protección medioambiental.
- La contribución a la inclusión de todas las personas por igual, inspirada en el principio de la accesibilidad universal y fomentando la más amplia participación.
- La seguridad y la limitación de riesgos derivados del uso acorde con el tipo de bien y sus características, para todas las personas.
- La higiene, la salubridad y el confort.
- La contribución a la inclusión de todas las personas por igual, inspirada en el principio de la accesibilidad universal y fomentando la más amplia participación.
- La seguridad y la limitación de riesgos derivados del uso acorde con el tipo de bien y sus características, para todas las personas.
- La higiene, la salubridad y el confort.
Como si el CTE no tuviese en cuenta la reducción del consumo y la eficiencia energética (lo que nos cuesta cumplir con la última versión de DB-HE...), la reducción de las emisiones y la consecuente protección del medio ambiente. Como si el DB-SUA no regulase aspectos relativos a la accesibilidad. Como si el DB-SUA, el DB-SI y el DB-SE no se preocuparan del uso del edificio en condiciones de seguridad. Como si el DB-HR, el DB-HS o el DB-HE no buscaran el confort, la salubridad y la higiene...
¿Qué es lo que se pretende?
Se afirma en el Anteproyecto que "(...) se complementa el marco legal estatal relacionado con la calidad en la edificación, formado por la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, con disposiciones que garanticen la calidad de la arquitectura, teniendo en cuenta su dimensión cultural e interés público". Y yo me pregunto, si el CTE desarrolla los requisitos básicos de la edificación establecidos en la LOE y esta nueva ley pretende ser un complemento para garantizar la calidad, ¿es que ahora mismo no está garantizada?
Post a Comment: